Cómo dar de alta a una niñera en la Seguridad Social, paso a paso
Actualizado: octubre de 2026 · Por el equipo de Nanny en Casa
Antes de empezar: qué necesitas
- Tu identificación digital: Cl@ve, certificado digital, DNI electrónico o SMS a un móvil registrado en la Seguridad Social.
- Datos de la niñera: nombre, DNI o NIE y número de afiliación a la Seguridad Social. Si es su primer empleo en España y no tiene número, se solicita la afiliación en el mismo trámite.
- Fecha de inicio y tipo de contrato (indefinido o temporal).
- Jornada (horas a la semana) y salario mensual pactado, incluidas las pagas extra y, si se pactó, el salario en especie.
- Si es interna: horas de presencia y pernocta pactadas.
- Domicilio donde trabajará y una cuenta bancaria (IBAN) para el cargo de las cuotas.
Paso a paso en Import@ss
- Entra en Import@ss (portal.seg-social.gob.es) o en su app e identifícate.
- Ve a "Servicios" › "Altas, bajas y modificaciones" › "Afiliación y alta de trabajadores".
- Elige "Alta en empleo de hogar" y pulsa "Solicitar alta".
- Introduce tus datos como persona empleadora y los de la niñera. Si es la primera vez que contratas, la Seguridad Social te inscribe como empleador y te asigna un código de cuenta de cotización.
- Indica la fecha de inicio, el tipo de contrato, la jornada y el salario.
- Añade el domicilio de trabajo, los datos de contacto y la cuenta bancaria para domiciliar las cuotas.
- Revisa los datos, confirma y descarga el justificante. Dale una copia a la niñera.
Cuánto pagas cada mes
La Seguridad Social carga en tu cuenta, a mes vencido, la cuota de la familia y la de la niñera. Tú retienes en la nómina la parte de la trabajadora (6,40 % de su base de cotización) y pagas la tuya: un 22,27 % en 2026, ya aplicadas la reducción del 20 % en contingencias comunes y la bonificación del 80 % en desempleo y FOGASA.
| Salario bruto mensual (14 pagas) | Cuota mensual a cargo de la familia | Cuota mensual de la niñera (se descuenta de su nómina) |
|---|---|---|
| 610,50 € (media jornada, 20 h) | 175 € | 50 € |
| 1.221 € (jornada completa, salario mínimo) | 317 € | 91 € |
| 1.602 € (≈ 1.500 € netos) | 416 € | 120 € |
Cálculo orientativo con contrato indefinido y la tabla de tramos de cotización de 2026. La cuota exacta la calcula la Seguridad Social; puedes simularla en Import@ss.
Después del alta: obligaciones de la familia
- Contrato: recomendable siempre por escrito; es obligatorio en contratos temporales de 4 semanas o más. Debe recoger salario, jornada, tareas y, si es interna, régimen de presencia y pernocta.
- Nómina: entrega cada mes un recibo de salario con los importes y la retención de Seguridad Social.
- Evaluación de riesgos: desde noviembre de 2025 es obligatoria para todos los hogares que contratan. Se puede hacer gratis con la herramienta del INSST en Prevencion10.es al empezar la relación, y hay que entregar una copia a la trabajadora.
- Cambios: comunica en Import@ss cualquier cambio de jornada o salario, porque cambia la base de cotización.
- Baja: cuando termine la relación, tramita la baja en Import@ss en los días siguientes; si no, seguirás pagando cuotas.
Errores frecuentes
- Dar de alta el mismo día o días después de empezar.
- Declarar un salario menor que el real para pagar menos cuota.
- Olvidar las pagas extra al calcular el tramo de cotización.
- No comunicar una subida de sueldo o un cambio de horario.
- No hacer la evaluación de riesgos.
Preguntas frecuentes
Sí. Desde 2023 la familia empleadora tiene que dar el alta y pagar las cuotas siempre, sea cual sea el número de horas. La trabajadora ya no puede hacerlo por su cuenta.
Sí. En el mismo trámite de alta se solicita su afiliación con su DNI o NIE.
La Seguridad Social las carga a mes vencido en la cuenta bancaria que indicaste en el alta.
No es obligatorio: el alta se puede hacer online en unos minutos. Muchas familias prefieren delegar contrato, nóminas y altas para evitar errores.
Sí. Te acompañamos en la selección, el contrato y el alta para que todo quede en regla desde el primer día.
Te ayudamos con todo el papeleo
Encontramos a la niñera adecuada y te acompañamos con el contrato y el alta en la Seguridad Social.
Fuentes
- Seguridad Social: Alta en empleo de hogar (Import@ss)
- Revista Seguridad Social: Guía para dar de alta a tu empleado de hogar
- Orden PJC/297/2026, de cotización a la Seguridad Social para 2026
- Real Decreto 893/2024, prevención de riesgos laborales en el servicio del hogar familiar
- INSST – Prevencion10.es, evaluación de riesgos para el hogar
